Remitirán funcionarios municipales declaración a sus órganos de control interno

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Con la entrada en vigor de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca el 4 de octubre del 2017, la Contraloría Interna del Congreso Local dejó de ser la autoridad facultada para recibir declaraciones patrimoniales de autoridades municipales.

Esto es ahora facultad de cada Ayuntamiento, su órgano de control interno municipal, quien verifique el cumplimiento de esta obligación y la reciba, indicó el titular de la Secretaría de la  Contraloría y Transparencia Gubernamental, José Ángel Díaz Navarro.

Señaló que en el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de noviembre del 2018, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, emitió los nuevos formatos de declaraciones de situación patrimonial y de intereses; también expidió normas e instrucciones para su llenado y presentación, y es fundamental que las autoridades municipales lo conozcan.

Es el artículo 126 TER de la Ley Orgánica Municipal del Estado, el que establece que los Municipios con población de 20 mil habitantes o más, deben contar con su propia Contraloría Interna Municipal, cuyo titular será denominado Contralor Interno, designado por los integrantes del cabildo y por los Comités de Contraloría Social, los cuales serán electos en asamblea, por los ciudadanos.

El mismo artículo establece en su segundo párrafo, que en los municipios con población menor a 20 mil habitantes, las funciones de la Contraloría Interna Municipal serán realizadas por la Comisión de Rendición de Cuentas, Transparencia y Acceso a la Información, o la comisión que se acuerde en sesión de cabildo, o el Ayuntamiento y el Tesorero Municipal.

En este contexto, el Contralor Interno es la autoridad municipal facultada para recibir las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos municipales.

El Secretario de la Contraloría destacó que es a partir del 30 de abril del presente año cuando inicia la vigencia de los nuevos formatos emitidos por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, mientras tanto, los servidores municipales que tienen que presentar su declaración, deben utilizar los formatos impresos vigentes que descargarán del portal del Congreso Local y presentarlos requisitados en la Contraloría Municipal o en la Comisión de Rendición de cuentas de su municipio.

Las autoridades municipales, están obligadas por ley, a recibirlas y resguardarlas, reiteró Díaz Navarro.

De tal manera, a partir del 30 de abril próximo, todos los servidores públicos están obligados a presentar sus declaraciones patrimoniales en los formatos publicados por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, que en principio deberán ser operables a través de medios electrónicos.

La Ley General de Responsabilidades Administrativas, también  establece que en el caso de municipios que no cuenten con tecnologías de información y comunicación, podrán emplear los formatos impresos, que deberán ser digitalizados para aportar la información correspondiente en la Plataforma Digital Nacional.